Diciembre de 2008.
Mario Corbalan por el Ceibal AC
Periodo Junio 2008/ Diciembre 2008.
Equipo Técnico.
Metodología y abordaje de los casos recepcionados.
Aqui en la foto del angulño superior der. Mario C de camisa a cuadros a la izquierda con otros profesionales de CBA y STGO visitando una experiencia criolla -aborigen de ordenamiento territorial en la provincia del Chaco.
A lo largo y a partir de su puesta en funcionamiento este comité ha venido diseñando una serie de reglas de intervención que constan en lo siguiente:
a) Del Ingreso: Los casos ingresados hasta el momento al comité de emergencia (110 casos) fueron mediante distintas vías. Un número significativo a través de denuncias de los campesinos en las oficinas donde este comité funciona. Otros tantos, mediante llamados telefónicos, y además, a través de derivaciones de abogados/ONG’s/instituciones que acompañan al sector. Una pequeña porción de ellos, proviene de organismos públicos provinciales y nacionales.
b) Del abordaje: Recibido un caso este comité y de acuerdo a la urgencia del conflicto, se presta a recabar la mayor información posible (contacto, organización, situación de violencia, rol de la policía); para planificar junto a la comunidad una intervención en terreno una vez merituada la urgencia y en relación a los otros casos urgentes con los que se encuentra trabajando el comité. Una vez fijada la agenda semanal de viajes, se comunica a la comunidad que recibirá a este comité y se informe fecha, hora y lugar donde se llevara a cabo la reunión.
c) De la intervención en terreno: Una vez en el lugar los/as miembros del comité, se reúnen con las familias, tomando contacto con toda documentación y/o antecedentes del caso que existan, para proceder a documentar y constatar los hechos denunciados como cualquier otro dato de relevancia del caso. Toda esta información y constancias será volcada en el informe que el comité produce por cada caso. Así mismo la labor del comité en relación al asesoramiento es esencial; cuestiones organizacionales, jurídicas, comunicacionales, son evacuadas según lo requieran atento a las particularidades de cada caso.
Un párrafo aparte merece las gestiones realizadas en cuestiones que involucren o tengan relación con las fuerzas policiales. Así a lo largo de las intervenciones, este comité se ha presentado en muchas de las dependencias policiales, acompañando la documentación que avala la creación y el funcionamiento del comité. En ciertos casos y cuando así lo amerita este comité ha requerido la intervención de las policía, ha acompañado a las comunidades a radicar denuncias y ha monitoreado el grado de receptividad y tramitación que tienen las denuncias incoadas por el campesinado en cuestiones relativas al conflicto por la tierra.
d) Del seguimiento: Las tareas de seguimiento que se despliegan consisten en: Monitorear el estado de las actuaciones policiales. Colaborar en la elección del abogado/a patrocinante para el caso que la comunidad no cuenten con el y buscar la articulación del letrado en una estrategia conjunta que mejore las condiciones de las familias en el acceso a la justicia. Monitorear y seguir el curso las actuaciones judiciales en el fuero penal, así como acompañar en la radicación de denuncias en sede criminal.
e) De la elaboración del informe y de la utilidad de estos: Correlativamente con el seguimiento de los casos se elabora un informe sobre lo relevado. El informe acumula toda la información hasta ese momento recogida, efectuándose distintas recomendaciones, y sometiendo cada informe a conocimiento del comité de emergencia conformado por los diferentes representantes de las diferentes instituciones y organismos que lo componen.
Respecto a la utilidad de los informes debe distinguirse el efecto según sea la naturaleza del asunto judicialmente tratado al que se adjunta el mismo: en algunas causas, el informe ha sido insumo determinante al momento de obtener medidas cautelares a favor del campesinado. En el plano penal los jueces no ha sucedido lo mismo, los jueces penales son aun reacios a considerar el aporte del comité como información a tener en cuenta.
Datos Generales.
A partir del trabajo del Comité de Emergencia durante los seis últimos meses se puede mostrar con datos estadísticos la dimensión de la problemática de tierra de acuerdo a los casos relevados.
Casos denunciados ante el comité: Los casos que implican problemáticas de tierra denunciados al comité desde el mes de Julio hasta el mes de Diciembre de 2008 ascienden a 110 casos. Esto significa en términos numéricos la cantidad de mas de 300.000 ha , e involucra 2.245 familias lo que representa a un total de 13.470 santiagueños/as.
Intervenciones realizadas por el Comité de Emergencia: El Comité desde su creación y puesta en funcionamiento realizo en los últimos seis meses 60 viajes. Estos viajes implicaron el abordaje en terreno de 54 casos, los que desde un punto de vista demográfico afecta a 1755 Familias campesinas (10.530 personas aproximadamente) y un total de 160.819 has.
Teniendo en cuenta la gravedad de los conflictos, la inseguridad jurídica y la vulneración de los derechos que viven de las familias campesinas, los componentes de este complejo que llamamos ¨problemática de tierras ¨merecen ser desglosados y problematizados por separados a fin de tener una aproximación mas clara y exacta del mismo.
Tipos y niveles de conflictos.
En su generalidad los conflictos que aquejan a las comunidades implican la amenaza de actores externos en cuanto a la posesión de la tierra, situación de larga data que se ha visto agravada por la revalorización de la tierra como factor de producción y la ausencia del Estado en su misión de ordenador territorial. El contexto dominante en los casos relevados presenta por un lado a las comunidades campesinas e indígenas poseyendo por varias generaciones y por otro a titulares dominiales o pretensos dueños que apelando a distintas estrategias buscan apropiarse de los territorios. Si bien el conocimiento acerca de los modos de vida campesinos e indígenas se encuentra relevado y sistematizado en algunos escritos como el Documento de Política Agraria, por lo que no se abundara en ese tópico; lo que merece historiarse y sistematizarse son las distintas estrategias que asume la apropiación.
En las distintas modalidades que asume y asumió la apropiación, los grados de responsabilidad y participación de los distintos actores estatales y privados varían sensiblemente.
Históricamente la estrategia de apropiación priorizaba el uso de la fuerza por sobre las instancias judiciales, comenzando a encauzarse en los últimos años los reclamos de tierra por parte del empresariado a través de la estructura judicial.
Apropiación de hecho
Desde los primeros casos abordados este comité vino constando el uso de la fuerza a través de la violencia de hecho sobre las familias campesinas. Entre los diferentes actores que despliegan este modo violento de la fuerza se ha observado con igual protagonismo a la Policía y a las llamadas ¨bandas parapoliciales o bandas blancas¨.
Policía
Una parte significativa de los casos abordados implica la participación de las fuerzas policiales, las cuales actuando en la total ilegalidad o en el marco de un procedimiento penal a raíz de una denuncia de usurpación presentada por el/la titular dominial ejecutan primero hostigamientos y amenazas para con las familias, para en otros casos proceder a desalojar los lotes. Este Comité ha recibido denuncias de malos tratos, torturas y hasta disparos por parte de la policía para con algunos pobladores/as que no se resignan a abandonar sus posesiones.
Otra modalidad recurrente que el obrar policial asume dentro de esta línea es la participación de la fuerza policial como ` adicionales ` en las tareas de cerramiento y alambrado por parte de los empresarios, quienes recurriendo a encargados y valiéndose de cuadrillas de alambradores de otras localidades del interior de Santiago, se ven asistidos por la policía que les garantiza realizar las labores ante la coaccionada inactividad de las comunidades.
Hemos llegado a comprobar que el entramado de poder en lo local (autoridad política local, empresario/a, policía) une sus fuerzas en las estrategias de apropiación violenta echando mano a la persecución y criminalización de las familias. El armado de causas criminales por parte de la Policía a los dirigentes campesinos/as, (fenómeno de distinta intensidad según sea el historial y nivel de resistencia que tenga la comunidad en los conflictos de Tierra), cobra niveles preocupantes en las zonas de los Departamentos Figueroa, Copo, Pellegrini, Moreno y Ojo de Agua. Muchos de los casos atendidos por este comité cuentan con campesinos/as sindicados de la comisión de algún delito. Delitos como hurto de productos forestales, daños o usurpación son la cortapisa con los cuales los empresarios/as y la policía buscan desincentivar las acciones de autodefensa de sus tierras por parte de las comunidades.
La predisposición de las dependencias policiales a recepcionar y tramitar denuncias por usurpación, amenazas o lesiones interpuestas por las familias en contra de los titulares dominiales o sus encargados es nula. Este comité en su trabajo, a acompañado a ciertas comunidades a radicar denuncia por hecho como los descritos y de a poco la policía ha comenzado a cumplir con la obligación de recibir denuncias sin dejar de explicitar su reticencia.
Guardias Blancas.
En los últimos años la participación de las llamadas guardias blancas en estos procesos de apropiación violenta de la tierra por parte del empresariado ha cobrado notoriedad y recurrencia. Cuando hablamos de guardias blancas nos referimos a grupos de personas privadas armadas y organizadas que responden al empresario/a.
El intento de controlar el accionar irregular de las fuerzas policiales y sobre todo la visibilidad de esta delictual manera de proceder ha motivado que esta fase de la apropiación sea encarada por grupos armados privados, relegando la participación de la policía a la connivencia pasiva y a la gestión de verdaderas zonas liberadas, en las que se convierten los territorios poseídos por las comunidades, y en donde el juego desigual de fuerzas pone en riesgo no solo las posesiones de las comunidades sino la vida misma de sus integrantes.
El personal que conforma estos grupos armados ha variado según se trate del territorio en el que operan y según el empresario/a que los contrate. Este comité ha comprobado, que estos grupos son gestionados por policías o militares retirados, empleando gente de provincias limítrofes o personas de barrios marginales de la ciudad de Santiago.
Este trabajo que originariamente lo hacían personal de las fuerzas policiales o empresas de seguridad privadas, cada vez mas es realizado por menores de edad y jóvenes en conflicto con la ley penal. Debe destacarse que la intervención de estas bandas se da en la absoluta ilegalidad; la portación de armas de guerra y el conjunto de delitos que cometen confirman lo sostenido.
El rol de las organizaciones campesinas
Las organizaciones campesinas asumieron un rol central y significativo en la defensa y lucha por la tierra. La visibilidad del conflicto a través de la resistencia fueron claves para dar fin a los avasallamientos silenciados que sufrió el sector campesino.
Durante todos estos años llevaron la voz de todo un sector con reclamos claros ante los gobiernos de turno, mediante las protestas en la calle, utilizando los medios de comunicación, festivales; instalaron la discusión de la problemática de tierra en diferentes ámbitos.
Logrando instrumentos y herramientas en pos de una solución a la problemática, exigiendo al estado políticas públicas para el sector.
Los procesos organizativos fueron fundamentales al incorporar el derecho como practica, el que posibilitó la difusión y transmisión del mismo. La participación democrática, la recuperación de la palabra, la comunicación, la solidaridad; fueron los ejes centrales en la defensa de la tierra.
Las situaciones de conflicto en las comunidades campesinas son similares en su mayoría, la diferencia se manifiesta en claras estrategias de autodefensa cuando las comunidades forman parte de una organización zonal, territorial, provincial, etc. El nivel de información con respecto a los derechos posesorios, la comunicación, la búsqueda de asesoramiento legal y técnico; se dan de una manera mas ágil en estas comunidades.
En los últimos tiempos las organizaciones campesinas fueron sumando actores locales en la defensa y lucha por la tierra (maestros/as, efectores de salud, iglesia). Son ejemplos claros de fortalecimiento y legitimidad.
La situación de conflicto y la producción
Durante muchos años los aportes económicos de las familias campesinas y pequeños/as productores/as no fueron reconocidos como una autentica forma de vida y producción, por el contrario siempre fueron consideradas improductivas. Lo cual implico la ausencia de políticas para desarrollo del sector.
A pesar de estos avatares, muchas familias campesinas permanecieron y sobrevivieron en sus tierras, siendo su único medio de producción y subsistencia. La trabajaron en el marco de respeto a la naturaleza y bajo la norma de una economía solidaria.
La situación de precariedad de tenencia de la tierra y la amenaza latente de conflictividad, exacerba la inestabilidad productiva y económica de las familias campesinas.
Las perdidas constantes de producción agrícola, ganadera, infraestructura y herramientas son considerables. Generadas por actos violentos e impunes de empresarios foráneos y locales, quienes operan con practicas similares en la mayoría de los casos (matanza de animales, quema de cercos con sembradíos, destrucción de potreros, empostados, alambrados, galpones, hurto de herramientas. A si mismo existen instancias judiciales (medidas cautelares) donde las familias no pueden hacer uso de sus recursos.
Estos son hechos que atentan contra la vida misma de las comunidades campesinas.
Cuestión jurídica y Judicial.
Necesariamente la cuestión jurídica y judicial en los conflictos de tierra que padece tanto las comunidades campesinas como aborígenes, connota en sentido estricto problemas atinentes de acceso a la Justicia.
El vínculo de las comunidades con la tierra esta exclusivamente basado en la gama de derechos que se derivan de la posesión que estas ostentan de larga data, pública e ininterrumpidamente en sus territorios; por lo que a los fines de la regularización dominial estas deben transitar un tipo de proceso jurídico conocido como ¨ usucapión ¨ o juicio de prescripción en orden a la regularización definitiva de los mismos. En esta línea el rol que les cabe jugar a los abogados en esta etapa del proceso es fundamental.
Del relevo de los casos atendidos por este comité puede concluirse que solo una minoría de estos casos ha logrado acceder al asesoramiento jurídico, y es ínfima la cantidad de los casos que se encuentran tramitándose con un optimo nivel de seguimiento por parte de los letrados que patrocinan a la comunidad.
La falta de recursos monetarios es una de las causas, pero no debe omitirse mencionar la escasez de letrados que guarden responsabilidad y compromiso con los intereses de las comunidades. Los pocos abogados que litigan y asesoran a las comunidades, la falta de recursos económicos para solventar estos servicios y el alto grado de analfabetismo jurídico de estas, colocan a las familias en un estado de indefensión jurídica y vulnerabilidad judicial más que evidente.
Respecto a la cuestión judicial, tan determinantes como las condiciones económicas como obstáculo de acceso a la justicia, resultan las barreras culturales y sociales.
La ausencia en las comunidades campesinas e indígenas de lo que algunos llaman ¨ cultura del papel ¨, el sentido comunitario respecto al uso y propiedad de la tierra suelen ser datos desconocidos por los magistrados que intervienen en las causas que involucran problemáticas de tierra. La ideología del derecho imperante en la jurisprudencia tribunalicia Santiagueña connota a la fecha la concepción de un derecho de propiedad como derecho absoluto.
La ausencia de una sentencia de prescripción comunitaria a favor de las comunidades ilustra en parte lo que venimos sosteniendo.
Hasta el momento el órgano judicial no ha reconocido suficientemente el hecho posesorio de las familias y el conjunto de derechos que de esta situación se deriva. Es evidente la arbitrariedad con la que se sopesan el titulo dominial versus el hecho posesorio, otorgándole un valor desmesurado a la inscripción registral por sobre la posesión misma tanto a los fines de la protección civil como penal.
En rasgos generales las decisiones del órgano judicial no han venido reflejando ni tutelando los intereses de las comunidades. El apego a una ritualidad formalista que no tiene en cuenta las verdaderas posibilidades de acceso a la justicia del campesinado, vacía de contenido sustancial y asume el carácter de legales, pero ilegitimas e injustas.
Sin duda el rol que le cabe ocupar al poder jurisdiccional en la resolución de este grave problema social es trascendente, pero deberá superarse el favoritismo empresarial con el que los jueces resuelven y dictaminan cuestiones de tierra y lograr, una vez incrementado las posibilidades de acceso a a la justicia de las comunidades que estas participen en pie de igualdad de las disputas judiciales.
- * Las fotos que figuran en este spot son ilustrativas y provienen del archivo del Ceibal AC.
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